Firmé un contrato con cláusulas abusivas: ¿qué puedo hacer ahora?
Ya firmaste el contrato y ahora descubres que contiene cláusulas que parecen abusivas o directamente ilegales. La reacción más común es resignación: "ya lo firmé, no hay nada que hacer". Esa reacción es incorrecta y puede costarte mucho dinero.
Firmar una cláusula nula no la convierte en válida. La ley pone por encima de la voluntad de las partes una serie de derechos que no pueden eliminarse por contrato. Aquí está el camino a seguir.
Paso 1: Identifica qué cláusulas son nulas
No todas las cláusulas que no te gustan son abusivas. Una cláusula es nula cuando viola una norma legal imperativa, cuando en un contrato con un consumidor causa un desequilibrio importante de derechos y obligaciones, o cuando no fue informada de forma transparente.
Los tipos más comunes de cláusulas nulas que ya analizamos en este blog incluyen: fianzas excesivas en alquileres, periodos de prueba ilegales en contratos de trabajo, permanencias sin contraprestación en telefonía, cláusula suelo en hipotecas, exclusiones abusivas en seguros.
Paso 2: Comunicación por escrito a la otra parte
Antes de ir a ningún organismo oficial, comunica por escrito a la otra parte que consideras esa cláusula nula e inaplicable. Hazlo de forma documentada: correo electrónico con acuse de lectura, burofax o carta certificada. El objetivo es tener constancia escrita de tu reclamación y dar a la empresa la oportunidad de resolver el problema sin llegar a instancias superiores.
Muchas empresas, especialmente grandes operadoras y bancos, resuelven estas reclamaciones directamente cuando el consumidor conoce sus derechos y los invoca de forma concreta.
Paso 3: Servicio de Atención al Cliente o Defensor del Cliente
Si la respuesta directa no funciona, el siguiente paso es el Servicio de Atención al Cliente de la empresa. Por ley, tienen obligación de responder en un plazo determinado (generalmente 1-2 meses según el sector).
Algunas empresas tienen además un Defensor del Cliente o Servicio de Reclamaciones específico para quejas de consumidores. Úsalo antes de pasar a instancias externas.
Paso 4: Organismos de resolución extrajudicial
España tiene organismos de resolución de conflictos por sectores que son gratuitos para el consumidor y muy efectivos:
- Telefonía y telecomunicaciones: Secretaría de Estado de Telecomunicaciones (SETSI)
- Energía (luz, gas): CNMC (Comisión Nacional de Mercados y la Competencia)
- Seguros: Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
- Banca e hipotecas: Banco de España
- Consumo general: Juntas Arbitrales de Consumo de tu comunidad autónoma
- Laboral: SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación)
Paso 5: Vía judicial
Si los pasos anteriores no funcionan o el importe en juego justifica la inversión, la vía judicial es la última opción y generalmente la más efectiva.
Para contratos de consumo, los juzgados de primera instancia son competentes. Para contratos laborales, los juzgados de lo social. Para hipotecas, los juzgados especializados en cláusulas suelo.
Sobre las costas: Si ganas, el juez normalmente condena al demandado en costas. Si pierdes, podrías tener que pagar las costas de la otra parte. Valora el riesgo antes de ir a juicio.
¿Puedo reclamar dinero que ya pagué?
Sí, en muchos casos. Si pagaste cantidades que corresponden a cláusulas nulas (penalizaciones ilegales, fianzas excesivas, gastos de hipoteca indebidos...), tienes derecho a recuperarlas. El plazo de prescripción para reclamar suele ser de 5 años desde que pagaste.
El primer paso: saber qué tienes firmado
Para reclamar necesitas saber exactamente qué cláusulas son nulas en tu contrato. CláusulaRoja analiza tu contrato en 2 minutos y te da un informe con las cláusulas problemáticas, su nivel de riesgo y qué puedes hacer en cada caso. Es el primer paso antes de cualquier reclamación.